El Tribunal Superior de Japón declara inconstitucional la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo
El Tribunal Superior de Osaka se convirtió el martes en el quinto tribunal superior japonés en dictaminar que la falta de reconocimiento legal del matrimonio entre personas del mismo sexo en el país es inconstitucional, pero confirmó la decisión de un tribunal inferior de no conceder daños y perjuicios.
La última decisión, en línea con las de los tribunales superiores de Sapporo, Tokio, Fukuoka y Nagoya, revocó el fallo del Tribunal de Distrito de Osaka de que la prohibición efectiva del matrimonio entre personas del mismo sexo era constitucional.
El Tribunal Superior de Osaka ha dictaminado que las disposiciones del derecho civil que no permiten el matrimonio entre personas del mismo sexo violan el derecho a la igualdad consagrado en la Constitución.
"Las disposiciones actuales no pueden justificarse como inevitables, porque las desventajas legales para las parejas del mismo sexo son claramente significativas", dijo la jueza presidente Kumiko Honda.
El tribunal también dictaminó que la prohibición del matrimonio viola la sección de la Constitución que establece que las leyes relativas a asuntos relacionados con el matrimonio y la familia "se promulgarán desde el punto de vista de la dignidad individual y la igualdad esencial de los sexos".
Al calificar el matrimonio de "derecho importante vinculado a la existencia de la identidad de un individuo", el juez dijo que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo "socava gravemente" ese derecho.
En una conferencia de prensa, el equipo de defensa elogió la decisión porque señaló que tendría un impacto en las revisiones legales.
En la demanda presentada en el tribunal de distrito en 2019, tres parejas del mismo sexo solicitaron al estado una indemnización por daños y perjuicios de 1 millón de yenes (6 dólares) por persona.
En seis demandas similares presentadas en cinco tribunales de distrito en todo Japón, el Tribunal de Distrito de Osaka es el único que ha dictaminado hasta ahora que la falta de reconocimiento legal es constitucional.
Las disposiciones del derecho civil y del registro familiar del Japón se basan en el matrimonio entre un hombre y una mujer, y los privilegios que resultan del matrimonio, incluidos los derechos de herencia, los beneficios fiscales y la custodia compartida de los hijos, se conceden únicamente a las parejas heterosexuales.
En 2022, el Tribunal de Distrito de Osaka determinó que las disposiciones constitucionales que señalaban las desventajas legales que enfrentaban las parejas del mismo sexo se habían retrasado en el tiempo debido en parte a la difusión del programa de asociación por parte de los gobiernos locales que reconocían dichas asociaciones.
Japón sigue siendo el único grupo de siete países que no ha legalizado el matrimonio entre personas del mismo sexo ni las uniones civiles, a pesar de la creciente presión de la comunidad LGBT y sus partidarios.

