El Tribunal Superior de Japón declara constitucional la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo.
TOKIO — Un tribunal japonés dictaminó el viernes que la prohibición del país al matrimonio entre personas del mismo sexo era constitucional y desestimó los reclamos de daños y perjuicios de los demandantes, lo que marca la primera decisión de un Tribunal Superior que confirma la posición del estado.
La decisión del Tribunal Superior de Tokio es la última de una serie de seis demandas similares presentadas en todo Japón, en las que otros tribunales afirman que la prohibición viola la Constitución y rechazan las reclamaciones de compensación.
En el último juicio, ocho demandantes, incluidas personas con parejas del mismo sexo, solicitaron cada uno un millón de yenes (6.400 dólares) en daños y perjuicios, argumentando que las disposiciones de la ley civil que no permiten el matrimonio entre personas del mismo sexo violan el derecho constitucionalmente garantizado a la igualdad y la libertad del matrimonio.
Habían apelado una decisión del Tribunal de Distrito de Tokio de marzo de 2024, que había declarado que la situación era "inconstitucional" pero había rechazado sus reclamaciones de daños y perjuicios.
De las 12 decisiones de tribunales superiores e inferiores emitidas hasta el momento, el veredicto del Tribunal de Distrito de Osaka fue el único que declaró que la falta de reconocimiento legal es constitucional.
Japón sigue siendo el único país del Grupo de los Siete que no ha legalizado el matrimonio entre personas del mismo sexo ni las uniones civiles, a pesar de la creciente presión de la comunidad LGBT y sus partidarios.
El artículo 24 de la Constitución, que garantiza la libertad de matrimonio, estipula: "El matrimonio sólo puede basarse en el consentimiento mutuo de ambos sexos".

