La custodia compartida de los padres entra en vigor en Japón.
TOKIO – Una ley revisada en Japón que permite la custodia compartida de los padres tras un divorcio entró en vigor el miércoles, con el objetivo de que ambos progenitores puedan desempeñar un papel en la crianza de los hijos en un contexto familiar cada vez más diverso.
En la primera modificación de la ley de custodia parental desde 1947, el Código Civil japonés permite a los padres divorciados elegir entre la custodia exclusiva o compartida, a diferencia del sistema anterior que permitía la custodia exclusiva. La nueva ley también puede aplicarse retroactivamente a quienes ya se hayan divorciado.
Este cambio se produce en medio de las críticas mundiales a los casos de sustracción parental que involucran a cónyuges japoneses que han alejado a sus hijos de sus parejas extranjeras, lo que dificulta que estos padres mantengan contacto con sus hijos.
La revisión también introduce nuevas medidas contra el impago de la manutención infantil, incluidos pagos provisionales de 20.000 yenes (126 dólares) al mes por hijo si no se llega a un acuerdo durante el divorcio.
Por lo general, los padres deciden entre ellos si optan por la custodia exclusiva o compartida, pero en caso de disputa, interviene un tribunal de familia y determina los acuerdos de custodia.
En los casos en que se sospecha violencia doméstica o maltrato por parte de uno de los padres, se otorga la custodia exclusiva al otro progenitor. Sin embargo, se han planteado dudas sobre la capacidad de los tribunales de familia para dictar sentencias adecuadas cuando no siempre se dispone de pruebas de violencia doméstica.
En el caso de custodia compartida, ambos padres generalmente deben llegar a un acuerdo sobre cuestiones importantes, pero esto no es necesario para asuntos cotidianos como las comidas y las actividades extraescolares o en caso de emergencia.
Para abordar el creciente problema de la falta de pago de la manutención infantil, la reforma también introduce un gravamen legal que permite a uno de los padres embargar los bienes del otro con prioridad sobre otros acreedores, incluso sin la mediación del tribunal de familia. El monto máximo es de 80 000 yenes mensuales por hijo.

