El Tribunal Supremo examinará los casos que impugnan la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo.
El Tribunal Supremo ha decidido examinar seis casos que impugnan la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo en Japón y se espera que emita un fallo unificado sobre la constitucionalidad del asunto, posiblemente durante el año fiscal 2026.
Las demandas presentadas por parejas del mismo sexo argumentan que el hecho de que el Código Civil y la Ley del Registro de Familia no reconozcan el matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional.
El 25 de marzo, el juez presidente Michiharu Hayashi, de la Tercera Sala del Tribunal Supremo, aceptó las demandas de los demandantes y remitió los casos a la Gran Sala.
El Tribunal Supremo, compuesto por 15 jueces y presidido por el Presidente del Tribunal Supremo, Yukihiko Imasaki, generalmente se ocupa de los casos en los que se espera que el tribunal superior emita un nuevo fallo constitucional.
Si el tribunal finalmente declara inconstitucionales las disposiciones de las leyes, el gobierno se verá obligado a revisar el sistema matrimonial.
El debate sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo no ha avanzado en el Parlamento.
Desde 2019, las parejas del mismo sexo han presentado un total de seis demandas en cinco tribunales de distrito de todo el país.
Los demandantes, que buscan una indemnización del gobierno, alegan sufrir graves desventajas porque no están reconocidos legalmente como familia y se les niegan los derechos de herencia y los beneficios fiscales.
El gobierno argumentó que el marco legal actual no es inconstitucional.
Las disposiciones pertinentes de la Constitución en el procedimiento incluyen: el artículo 14, que garantiza la igualdad ante la ley; el artículo 24, párrafo 1, que establece que el matrimonio se establece únicamente por el consentimiento mutuo de ambos sexos; y el artículo 24, párrafo 2, que establece que las leyes relativas al matrimonio y la familia deben promulgarse sobre la base de la dignidad de la persona y la igualdad esencial de los dos sexos.
En cinco de estos juicios, los tribunales superiores de Sapporo, Tokio, Fukuoka, Nagoya y Osaka dictaminaron que las leyes vigentes que prohíben el matrimonio entre personas del mismo sexo eran inconstitucionales.
Las decisiones judiciales pusieron de manifiesto las desventajas a las que se enfrentan las parejas del mismo sexo.
Por ejemplo, el Tribunal Superior de Sapporo señaló los "obstáculos que surgen en la vida cotidiana, en el lugar de trabajo y en la vida social".
El Tribunal Superior de Nagoya declaró: "Se ha violado la dignidad individual".
Sin embargo, un segundo caso, juzgado por el Tribunal Superior de Tokio, dio lugar a un fallo a favor del gobierno.
El Tribunal Superior declaró que el Código Civil considera que el matrimonio legal se basa en el modelo familiar "de una pareja casada y sus hijos", y sostuvo que la libertad de las parejas del mismo sexo para contraer matrimonio "no está protegida por la Constitución".
En todos los fallos, los tribunales superiores rechazaron las demandas de los demandantes de indemnización por daños morales debido a la omisión del gobierno de modificar las leyes que violan la Constitución.

