Las parejas del mismo sexo están apelando a la Corte Suprema para revocar el fallo que prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Las parejas del mismo sexo están apelando a la Corte Suprema para revocar el fallo que prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo.

TOKIO — Las parejas del mismo sexo y otros demandantes en una demanda que impugna la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo en Japón llevaron su caso a la Corte Suprema el jueves, apelando un fallo del Tribunal Superior del mes pasado que reconoció la prohibición como constitucional.

Esta decisión llega después de que el Tribunal Superior de Tokio concluyera que las disposiciones actuales del derecho civil que prohíben el matrimonio entre personas del mismo sexo siguen siendo razonables en las circunstancias actuales, lo que la convierte en la única decisión del Tribunal Superior que confirma la posición del estado entre seis decisiones sobre demandas similares presentadas en todo el país.

Se espera que la Corte Suprema emita un fallo único que se aplicará a todos los casos relacionados no antes del próximo año.

En una conferencia de prensa en Tokio, Takako Uesugi, el abogado que representa a los ocho demandantes, criticó la última decisión, diciendo que era "extremadamente diferente" de las cinco decisiones anteriores que encontraron la prohibición incompatible con la Constitución.

"Esto es algo que nunca podremos aceptar", dijo sobre la decisión del 28 de noviembre, y agregó: "Instaremos a la Corte Suprema, la guardiana de la Constitución, a que tome una decisión clara de que la prohibición es inconstitucional".

Shinya Yamagata, de 58 años, uno de los demandantes, asistió a la conferencia de prensa y expresó su esperanza de que el caso sea llevado a la Corte Suprema.

El Tribunal Superior de Tokio afirmó que el actual sistema matrimonial es útil para preparar un entorno propicio para la crianza de los hijos y que es razonable interpretar "marido y mujer" como un hombre y una mujer.

El tribunal también afirmó que la libertad de matrimonio garantizada por el artículo 24 de la Constitución no se aplica a las parejas del mismo sexo.